Requisitos para el importe deducciones fiscales para la rehabilitación de viviendas
11
Oct

Requisitos para el importe deducciones fiscales para la rehabilitación de viviendas

En la entrada de hoy en Casas Pasivas Madrid: Requisitos para el importe deducciones fiscales para la rehabilitación de viviendas

El Consejo de Ministros aprobó la normativa que regula las ayudas de los fondos europeos para la rehabilitación de viviendas con el objetivo de alcanzar la eficiencia energética.

Estas subvenciones permitirán “Mejorar de forma sostensible sus viviendas por una inversión mínima”, señaló el presidente del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (Cgate), Alfredo Sanz.

Dichas medidas, ya fueron publicadas en el Boletín oficial del Estado (BOE) y están en el Real Decreto- Ley 19/2021. Dentro de las medidas la más destacada es la deducción fiscal que entra en vigor este mismo año

Requisitos para aplicar a las  deducciones fiscales

Deducción de un 20% de las obras

Las viviendas con una mejora de eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada podrán obtener una deducción de hasta un 20% de las cantidades.

Cabe señalar que la base máxima de deducción es de 5.000 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 7% en la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia

Deducción de un 40% de las obras

Para conseguir el 40% de las deducciones las obras realizadas en el mismo plazo temporal que la deducción anterior (a partir de la entrada en vigor de esta normativa y hasta el 31 de diciembre de 2022), hasta un máximo de 7.500 euros anuales.

Esto es siempre y cuando las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable.

Esto debe ser acreditable a través de la reducción del referido indicador de consumo de energía primaria no renovable del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética “A” o “B”, en la misma escala de calificación.

Deducción de un 60% de las obras

Los contribuyentes propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial en el que se hayan llevado a cabo obras de rehabilitación energética desde la entrada en vigor de este real decreto hasta el 31 de diciembre de 2023.

Estos contribuyentes podrán deducirse el 60% de las cantidades satisfechas durante dicho período por tales obras, hasta unmáximo de 15.000 euros. 

Esta deducción es aplicable siempre que se acredite a través de certificado de eficiencia energética, una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30%.

Asimismo, aplica para la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la misma escala de calificación.

También, se asimilarán a viviendas las plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas. 

La deducción se practicará en los períodos impositivos 2021, 2022 y 2023 en relación con las cantidades satisfechas en cada uno de ellos.

En  Casas Pasivas Madrid te ayudamos a realizar tu rehabilitación energéticamente eficiente.